E-mails protegidos por derecho a intimidad: juezUn juicio de divorcio estableció jurisprudencia para proteger estos documentos
Ciudad de México | Miércoles 23 de febrero de 2011 Francisco Gómez | El Universal19:04
"Un juez federal de Puebla determinó que el contenido de los correos electrónicos de un particular deben estar protegidos mediante el derecho a la intimidad, lo que implica que pueden y deben estar amparados contra actos ilegales provenientes de autoridades o inclusive de otros particulares.
Este criterio se estableció en un juicio civil de divorcio, donde el esposo contrademandó a su esposa y, para comprobar la causa de divorcio, ofreció como prueba un disco compacto con correos electrónicos de la cuenta de su esposa y que un juez familiar aceptó.
Contra esa decisión, la esposa interpuso un juicio de amparo que ganó.
La quejosa señaló que la lectura de los correos electrónicos obtenidos de su cuenta personal, viola en su perjuicio los derechos de intimidad e información privada, pues dichos comunicados son de carácter personalísimo y contienen datos sensibles para ella."
Aunque estos hechos no están sujetos a la ley española, se puede relacionar con el artículo 18 de nuestra constitución. Todo el mundo tiene derecho a la intimidad personal, y aunque gracias a estas pruebas se diera la razón al esposo, ha de tenerse en cuenta la forma de conseguir las evidencias, estas han de conseguirse de manera legítima. Esto plantea cierta controversia. Ya que como hemos visto las pruebas dan la razón al marido, pero estas no se pueden utilizar, en este caso, no parece transcender de un simple divorcio, pero ¿cuantas veces hemos oido hablar de "las escuchas ilegales"?. Ahí es donde plantea verdaderas deficiencias la ley. Es cierto que no se puede privar del derecho a la intimidad a nadie, y que crear excepciones, puede ser un precedente muy peligroso. Pero dejar que se incumplan otras leyes porque no se tienen pruebas legítimas a mi personalmente me crea impotencia, sé que no se puede culpar a nadie sin pruebas, pero ¿que pasa si esas pruebas se tienen?, sabes que alguien es corrupto, un ladrón o algo peor. ¿Hay que quedarse mirando impotente, mientras los "presuntos inocentes" continuan igual?.
http://www.eluniversal.com.mx/notas/747285.html
Interesante cuestión. Creo que este tema es bastante delicado y, por consiguiente, de dificil solución.
ResponderEliminarEn nuestra constitución priman unos derechos sobre otros, unos derechos que no deben ser vulnerados ni por ningún individuo ni pueden ser contrariados por ninguna otra ley. Pero, como tú bien dices, existen determinados casos en los que la no vulneración de tales derechos permite la absolución de personas que todos sabemos que son culpables. ¿Qué hacemos con ellas? Mi opinión es que nuestras leyes deben ser interpretadas de forma parcial, como hasta efectivamente lo son, pero también considero que debería tener mayor relevancia la jurisprudencia, pues la interpretación de un caso en particular puede ser crucial para dictaminar una sentencia más justa.
Estoy de acuerdo en lo que dices, una mayor jurisprudencia solucionaría en parte este tipo de conflictos. Pero darle demasiado poder a una persona también puede acarrear otros problemas. Aunque siempre hay que pensar que actuan de buena fé, me sigue produciendo cierto recelo el que se creen precedentes peligrosos. Por que no todo el mundo aprovecharía este tipo de poderes para actuar correctamente.
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